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Información sobre energías renovables

AYUDAS PLAN MOVE ANDALUCIA

Se incluye dentro del paquete de medidas de mejora energética para un transporte sostenible que cuenta con más de 18 millones de euros y engloba los incentivos de “Andalucía es más” y Moves AndalucíaJueves, 11 Abril, 2019

La Junta de Andalucía pone a disposición de la ciudadanía 19 millones de euros para actuaciones de movilidad sostenible. La Agencia Andaluza de la Energía, entidad adscrita a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, abrirá el 19 de junio la convocatoria de incentivos para la adquisición de vehículos de energías alternativas, fundamentalmente eléctricos, así como infraestructuras de recarga eléctrica, con un presupuesto inicial de 8 millones de euros.

Estas ayudas se suman, aunque son incompatibles entre sí, a las que ya venía ofreciendo la Junta de Andalucía para apoyar la infraestructura de recarga, así como la renovación de vehículos por parte de entidades locales;  estos incentivos regionales, que ascienden a 11 millones de euros, ampliarán su alcance e intensidades de las ayudas, entre un 5% y un 20% más, a partir del 22 de mayo.

La Junta de Andalucía es consciente de la necesidad de una profunda transición energética para abordar el gran reto global de lucha contra el cambio climático, para lo que es imprescindible actuar en el sector del transporte. Así, elPaquete de medidas de mejora energética para un transporte sostenible de Andalucía busca la máxima sinergia de los fondos públicos disponibles, poniendo en marcha todas las actuaciones necesarias para poder simultanear y complementar las posibilidades de financiación existentes (a través del Programa para el desarrollo energético sostenible “Andalucía es más”, que cuenta con Fondos Feder; y el Programa MOVES), a fin de que la ciudadanía disponga de las mejores opciones en función de sus necesidades.

Se hará a través de entidades colaboradoras

Al igual que en las Órdenes de incentivos que gestiona la Agencia Andaluza de la Energía, para facilitar el acceso a las ayudas a los ciudadanos, el procedimiento para solicitar los incentivos de MOVES será 100% telemático y se realizará a través de entidades adheridas al Programa (concesionarios, puntos de venta, entidades de leasing o renting), que podrán suscribirse al Programa a partir del 14 de mayo de 2019. Ellas serán las encargadas de gestionar las ayudas en nombre de sus clientes y realizar todos los trámites relacionados con la solicitud, gestión y justificación de las mismas. El listado de empresas adheridas se publicará en la página web de la Agencia Andaluza de la Energía.

Además, para simplificar aún más la tarea a los posibles beneficiarios, la acreditación de los requisitos para ser solicitante de los incentivos será recabada por la Agencia mediante consultas de las redes corporativas, plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. El interesado tan sólo deberá prestar su consentimiento a través del formulario de otorgamiento de la representación, que le será entregado en el concesionario o punto de venta que elija para solicitar su incentivo. 

El Programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES), coordinado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019 o finalización del presupuesto disponible y nace con un importe general para todas las comunidades autónomas de 45 millones de euros, que se reparte con criterios poblacionales en función del  último padrón municipal disponible.

En Andalucía, con el 50% del presupuesto asignado, algo más de 4 millones de euros podrán destinarse a lasustitución de vehículos por energías alternativas, como eléctricos puros (BEV), de autonomía extendida (REEV), híbridos enchufables (PHEV) o de pila de combustible, con o sin baterías eléctricas recargables (FCV o FCHV). Asimismo, solamente para camiones y furgones, se contempla el GLP/Autogás, Gas Natural Comprimido (GNC), Gas Natural Licuado (GNL), bifuel gasolina.

Los importes de las ayudas para la adquisición de vehículos más eficientes oscilan entre 600 euros (para cuadriciclos ligeros eléctricos puros) y 15.000 euros (para furgones o camiones N3 y autobuses o autocares M3), situándose en 5.500 euros para vehículos ligeros eléctricos con una autonomía mayor de 72 kilómetros.

Para turismos y furgonetas, la factura de adquisición del nuevo vehículo debe incluir un descuento de 1.000 € realizado en la factura por el fabricante, importador o punto de venta. Uno de los requisitos para optar a estas ayudas es que los vehículos deben sustituir a otros con una antigüedad de 10 años cuando se trate de turismos y de 7 años para furgonetas, siendo obligatorio el achatarramiento de los mismos.

Incentivos para puntos de recarga

La implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos cuenta con un presupuesto inicial del 45% (3,6 millones de euros). Esta actuación también se incluye en el programa regional “Andalucía es más”, que lo extiende también a otras energías alternativas (gas natural e hidrógeno), e incluye además la recarga mediante energías renovables, siendo sus condiciones más ventajosas que las contempladas en MOVES y pudiendo los solicitantes de las ayudas elegir el programa de incentivos que les sea más ventajoso. Así, frente al 30% del MOVES para empresas y el 40% para personas físicas, comunidades de propietarios y entidades públicas, “Andalucía es más” las incentivará, a partir de mayo, con un mínimo del 50%, pudiendo llegar al 85% en el caso de ser con energías renovables promovidos por ayuntamientos de menos de 20.000 habitantes.

Por otro lado, el programa MOVES incentiva también a empresas y entidades locales sistemas de préstamos de bicicletas, con un presupuesto inicial del 5% (algo más de 404.000 euros), que podrán solicitarse a partir del 15 de octubre.

ayudas eficiencia energética

Ayudas para mejorar la eficiencia energética en empresas del sector industrial

El Gobierno destina 307 millones de euros a ayudas para mejorar la eficiencia energética en empresas del sector industrial 

El programa de ayudas, que gestionará las comunidades y ciudades autónomas, se financia con el Fondo Nacional de Eficiencia Energética y el Fondo Europeo de Desarrollo Regional

Las ayudas están destinadas tanto a pymes como a grandes empresas y apoyarán actuaciones de mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales o la implantación de sistemas de gestión energética

13 de abril de 2019.- El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica, ha aprobado el Real Decreto 263/2019, de 12 de abril, por el que se regula el Programa de ayudas para actuaciones de eficiencia energética en PYME y gran empresa del sector industrial.

En este RD se aprueban las bases que regularán las convocatorias para la concesión de ayudas para actuaciones de mejora de la eficiencia energética y reducción del consumo de energía final en pequeñas, medianas y grandes empresas del sector industrial, que representan el 25% del consumo final de energía del Estado. En concreto, se destinan 307.644.906,00 euros, procedentes del Fondo Nacional de Eficiencia Energética, que se nutren con aportaciones de las empresas comercializadoras de electricidad. Las ayudas pueden ser cofinanciadas por aportaciones del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

El presente programa de ayudas busca contribuir a lograr objetivos de reducción del consumo de energía final que fija la Directiva 2012/27/UE. En su artículo 7, esta norma comunitaria señala el objetivo de alcanzar un ahorro de energía final de 15.979 toneladas equivalentes de petróleo (ktep) en 2020 para todos los sectores, incluido el de la industria. A 31 de diciembre de 2018, esta cifra se situaba en 11.824 ktep, lo que representa el 74% del objetivo.

En concreto, las acciones que serán financiables deben ir destinadas a la mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales o la implantación de sistemas de gestión energética.

El programa de ayudas, que coordina por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), será gestionado directamente por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán publicar convocatorias en sus respectivos territorios para el reparto de los importes que tienen asignados en sus respectivos territorios, y que fueron consensuados previamente con el Gobierno en la Conferencia Sectorial de Energía, celebrada el pasado 25 de febrero.

La distribución de los fondos es la siguiente:

Comunidad / Ciudad AutónomaImporte en €
Andalucía73.778.059,68
Aragón10.562.941,35
Principado de Asturias4.779.747,67
Illes Balears1.602.277,30
Canarias2.580.302,51
Cantabria4.105.555,15
Castilla y León32.362.793,24
Castilla-La Mancha9.930.916,48
Catalunya49.493.353,71
Comunitat Valenciana31.191.038,12
Extremadura2.032.533,55
Galicia16.629.395,16
Comunidad de Madrid23.730.319,46
Región de Murcia21.850.472,58
Comunidad Foral de Navarra4.688.201,42
Euskadi15.321.804,01
La Rioja2.865.733,89
Ceuta74.665,11
Melilla64.795,60

Este es el tercer programa de ayudas de este tipo, tras las convocatorias de 2015 y 2018, que tuvieron una dotación conjunta de 283 M€ y han financiado a más de 1.000 proyectos.

Transcurridos dos meses desde la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado, las comunidades y ciudades autónomas dispondrán de otros dos meses para poder publicar sus correspondientes convocatorias de ayudas. Los solicitantes recibirán la financiación de forma directa, en orden de prelación, si cumplen con las condiciones fijadas en la norma.

PLAN MOVALT INFRAESTRUCTURAS para la instalación de puntos de recarga de coche eléctrico.

PLAN MOVALT INFRAESTRUCTURAS

Publicada la convocatoria de ayudas del Plan Movalt Infraestructuras para la instalación de puntos de recarga de coche eléctrico.

PLAN MOVALT INFRAESTRUCTURAS
PLAN MOVALT INFRAESTRUCTURAS

Convocatoria: (Plan Movalt Infraestructuras). Resolución de 10 de enero de 2018 de la Dirección General del IDAE, por la que se establece la convocatoria del programa de ayudas para la implantación de infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos .  BOE núm. 14 de 16 de enero de 2018.

Principales  características 

Serán objeto de ayuda los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos, tanto en la modalidad de adquisición directa como de operaciones de financiación por renting. A modo orientativo, se podrá desplegar una infraestructura de recarga para los siguientes usos:

a)  Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.)

b)  Uso privado y/o público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su trabajadores, clientes y a su propia flota.

c)  Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas.

d)  Uso público en red de carreteras

CONCEPTO REQUISITOS PLAN MOVALT INFRAESTRUCTURAS
Presupuesto 15.000.000 euros, para aplicar a las solicitudes realizadas en el marco del citado Plan.
Ayuda pública Ayudas bajo la modalidad de entrega dineraria sin contraprestación, con  una  cuantía equivalente al 60% de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido ) en el caso de entidades públicas que  no desarrollen ningún tipo de actividad comercial o mercantil  y Pequeñas Empresas y un 40% de la inversión elegible (IVA o IGIC no incluido) para el resto de empresas
Incompatibilidades Será INCOMPATIBLE con cualquier otra ayuda de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas o Entidades Localespara la misma finalidad, pero sí  con otras ayudas o subvenciones establecidas a través de programas de la Unión Europea
Beneficiarios Las empresas privadas y otros tipos de personas jurídicas cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por A, B, C, D, E, F, G, J, N, R, W.

Las Entidades Locales y las entidades públicasvinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto, en relación al plazo máximo de pago a proveedores, en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Las Administraciones de las Comunidades Autónomas y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas, siempre que cumplan con lo dispuesto en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y restante legislación aplicable.

Otras entidades públicas vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado.

Actuaciones elegibles Las operaciones  serán elegibles si  se  realizan con posterioridad a la fecha  de presentación de la solicitud de ayuda.

Para entidades públicas el inicio de las operaciones vendrá determinado por la aprobación de los Pliegos de contratación.

Para empresas privadas vendrá determinado por la firma de contrato.

Características Técnicas. Cumplir con la ITC-BT-52, disponer de un nivel de comunicación entre vehículo y estación de recarga en  Modo 3 o Modo 4, protocolo de comunicación OCPP en los casos de recarga pública, y cumplir con los estándares de seguridad que le sean aplicables.

Dependiendo del tipo de recarga, además deberá tener las siguientes características:

Punto de recarga convencional:Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW

Punto de carga semirrápida (en corriente alterna o continua):Potencia igual o superior a 15 kW, e inferior a 40 kW. En corriente alterna, dotado de, al menos, un conector AC  Tipo 2 (Menekes) y en corriente continua, dotado al menos del CCS (Combo) según se define en el estándar IEC 62196

Punto de carga rápida: Potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW. Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna, siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.

Punto de carga ultra rápida: Potencia igual o superior a 100 kW. Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.

Costes Subvencionables: La obra civil, el cableado y su instalación desde el cuadro eléctrico final del que deriva el circuito hasta el punto de conexión del vehículo.

No se considera subvencionable la instalación de contadores inteligentes, que habrán de ser facilitados por las compañías eléctricas a los consumidores (usuarios finales o gestores de recarga), generalmente bajo régimen de alquiler.

Gestión de solicitudes. Las solicitudes para la participación en el presente programa se efectuarán de manera telemática a través de la aplicación que estará disponible en la sede electrónica del IDAE (https://sede.idae.gob.es/lang/)según el procedimiento allí publicado.

Una vez registrada la solicitud de reserva de presupuesto, el solicitante dispondrá de un periodo de 180 días naturales, contados desde el momento de realización de dicha reserva, para cargar en la aplicación informática del programa toda la documentación necesaria para confirmar la instalación del punto de recarga.

Calendario 

Plazo de presentación de solicitudes: Desde el 23 de enero a las 10:00 h, fecha en que será activado el sistema telemático de gestión de ayudas en la sede electrónica del IDAE, hasta el 31 de diciembre de 2018, fecha de finalización de la vigencia de la convocatoria de ayudas o hasta que se agote el presupuesto aprobado.

Más información: Para cualquier duda o aclaración, dirigirse al Servicio de Información al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través del correo ciudadano@idae.es, el correo postal del Instituto c/Madera, 8. 28004 Madrid, o el teléfono 913 146 673 en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes. Fax: 915 230 414.

SOLENE, además de diseñar e instalar la solución de puntos de recarga a medida de las necesidades del caso, ofrecemos gratuitamente el servicio de solicitud y gestión de las ayudas del Plan Movalt Infraestructuras.